domingo, 2 de noviembre de 2014

SANTA FE, Jorge Barraguirre."Estados Unidos podría ser demandado internacionalmente"

Así calificó el proceso de los fondos buitre contra la Argentina el Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Jorge Barraguirre. “Es un típico caso de denegación de justicia", insistió. Barraguirre habló sobre los fondos buitre en la UCA.
La Capital | 

 “Es un típico caso de denegación de justicia. Estados Unidos podría ser demandado internacionalmente”. Así calificó el proceso de los fondos buitre contra la Argentina el Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Jorge Barraguirre. Además, aseguró que las decisiones de los tribunales norteamericanos “no sirven como justicia porque ponen al deudor frente al incumplimiento”.
   Convocado por la Universidad Católica Argentina (UCA), Barraguirre expuso en la conferencia “Los holdouts y las quiebras soberanas: ¿Sirven los tribunales internacionales para hacer justicia?”. Allí, el funcionario judicial, que se desempeñó como asesor letrado del área de asuntos internacionales de la Procuración del Tesoro de la Nación entre 2003/2004 y 2006/2007, analizó las estrategias legales de los fondos buitre y el Estado argentino, y criticó los fallos del poder judicial estadounidense.
   Para Barraguirre los momentos claves de la disputa actual con los holdouts se remontan dos años hacia atrás, con los fallos del juez Thomas Griesa y la Cámara de Apelaciones de Nueva York: “En enero y febrero de 2012 tenemos las consecuencias que se han visto en los últimos meses, acerca de si Argentina puede pagar a terceros acreedores, sin satisfacer previamente las acreencias de los tenedores de los bonos defaulteados de 1994”, afirmó.
   El pleito con los holdouts “es un conflicto interpretativo alrededor de la cláusula pari passu” (de igual tratamiento) indicó. Esta disposición postula que no puede haber disminución del valor de obligaciones similares, ni en el plano legal ni al momento del pago.
   Mientras que el alegato argentino hace hincapié en una interpretación de tipo legal de la cláusula —las reestructuraciones de 2005 y 2010 no rankean títulos con respecto a otros— los fondos buitre plantean lo contrario.
   En las distintas instancias judiciales, el juez Griesa y la Cámara de Apelaciones de Nueva York respaldaron en lo central los argumentos de los holdouts. “Griesa observa que Argentina viola la clausula pari passu por dos razones centrales: el rehusamiento a pagar bonos de 1994 defaulteados en 2001 con la declaración del presidente Rodriguez Saá; y por lo que señala como una doble evidencia, la ley cerrojo de 2005 y la suspensión de ley cerrojo en 2010. Y condena a Argentina a satisfacer el crédito de los bonos defaulteados en la misma proporción que paga los bonos reestructurados”, sostuvo.
   Consideró que el pago proporcional, como es planteado por Griesa, “en materia de justicia distributiva es chocante: el acreedor defaulteado cobra el 100% de su título, pero el reestructurado cobra el 100% del nuevo título, que es una parte del bono original”.
   Según Barraguirre, a través de los distintos fallos, “Griesa se fue apartando de los términos en los que se trabó la litis. No fue trabada para obtener los 1.300 millones de dólares, como termina siendo el fallo. La queja inicial de los holdouts era «le están pagando a todo el mundo y a mí no»”. Evaluó que el magistrado “interfirió propiedad ajena, soberana y excediendo su jurisdicción: termina indicando cómo se tiene que pagar títulos que no están emitidos bajo su jurisdicción”.
   “Es un problema gravísimo y una actitud casi criminal. Es un juez absolutamente recusable, más allá de si es senil o no”, indicó.
Alternativas. De acuerdo al ex fiscal de Estado de Santa Fe, un comienzo de resolución del conflicto podría haber sido “depositar, más que declarar, el mismo porcentaje a favor de los holdouts de lo que ya se había pagado a los reestructurados. Pero no bajo los términos de Griesa sino de una interpretación razonable: el 100% del valor de los reestructurados”.
   Sin embargo, advirtió, el margen de maniobra de la defensa argentina era escaso. “Adecuadamente se agotaron las vías legales. Los abogados argentinos trataron de estirar, siempre tenían en mente el 31 de diciembre de 2014. No había un marco legal adecuado para que Argentina en 2012 pudiera negociar el cumplimiento de la sentencia. Tampoco se podía preparar un camino de negociación sin sentencia, porque entonces claramente se disparaba la cláusula Rufo”, sostuvo.
   En este escenario, el rechazo de la Corte Suprema de Estados Unidos a tomar el caso argentino puso al Estado nacional “en una situación que en la teoría de los juegos se llama dilema del prisionero, o en términos vulgares, si estás en Guatemala o en Guatepeor. Si uno cumple puede disparar la clausula Rufo y si uno no cumple, acelera los bonos reestructurados. No sirve como justicia porque pone al deudor frente al incumplimiento”.
   “Más allá de las cuestiones políticas, desde un análisis estrictamente técnico, hay denegación de justicia, un incumplimiento de la ley internacional”, señaló.
   Para el Procurador santafesino, los tribunales internacionales “se han mostrado inhábiles para manejar el concepto de igualdad”. Los procesos judiciales se limitan a dar soluciones a un acreedor y “no terminan de concebirse como pleitos estructurales, porque tienen un impacto macroeconómico, o sobre terceros no protagonistas”, cuestionó.

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