viernes, 6 de junio de 2014

STA FE: Ganón sí discriminó a Gutiérrez

Es el dictamen técnico de la Secretaría de Derechos Humanos de Santa Fe sobre una serie de tuits del defensor público contra el actual presidente de la Corte Suprema de Justicia provincial.
.Diario UNO | 
Ganón sí discriminó a Gutiérrez

La Secretaría de Derechos Humanos de la provincia dictaminó que el defensor público de la provincia, Gabriel Ganón, discriminó al actual presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez. La decisión fue notificada a las partes y también a las cámaras de Diputados y Senadores, donde se sustancia un proceso de destitución contra el titular del Servicio Público de la Defensa Penal por distintos incumplimientos en los deberes de funcionario.
El dictamen fue firmado por el secretario de Derechos Humanos, Horacio Coutaz, a partir del planteo que hizo la Corte Suprema una vez que Ganón utilizó su cuenta personal de Twitter para desacreditar a Gutiérrez. Entre otras cosas, el defensor dijo: “Rafa Gutiérrez Pte de la Corte d Santa Fe su prestigio se deteriora no solo a través de su lenguaje ininteligible, vago y bajo sino también”, “con su vestimenta deteriora aún más su imagen con obesidad mórbida excesiva, digo un Pte de la Corte no puede tener un traje manchado” y “los puños de las camisas rotas no les parece? Digo un Pte de la Corte vestido así no colabora a mejorar la imagen deteriorada de la Justicia”.
A partir de esos elementos, Coutaz entendió que “las expresiones efectuadas por el doctor Gabriel E.H. Ganón a través de su cuenta de Twitter (…) constituyen un acto discriminatorio en los términos de la Ley 23.592, debiendo ser rechazadas y repudiadas”. Además, el funcionario del Ejecutivo remarcó que su secretaría es competente en el tema “en tanto y en cuanto a la posibilidad de determinar la existencia o no de un acto o conducta discriminatoria en los términos de la Ley Nº 23.592, y en su caso establecer los cursos de acción que correspondan”. Asimismo, para fundamentar su dictamen, incorporó varios fallos y resoluciones que existen sobre el uso adecuado de la libertad de expresión.
Por ejemplo, Horacio Coutaz dijo en su dictamen que “la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que «es importante destacar que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, este puede ser objeto de restricciones, tal como lo señala el artículo 13 de la Convención en sus incisos 4 y 5 (…)”. A su vez, el secretario provincial advirtió que más allá del contenido discriminatorio de los tuits, “el mensaje puede extenderse o viralizarse y llegar a conocimiento de innumerables personas, como sucedió en este caso”. 

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