El constitucionalista aseguró que la designación de Mariana Robustelli como diputada en la Legislatura de Santa Fe, incumpliría la ley electoral y al mismo tiempo distorsionaría la discriminación positiva de las mujeres.
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El abogado constitucionalista Iván Cullen advirtió que si la Cámara de Diputados despoja al electo Julio Roberto López -cuarto en la lista de suplentes- de su derecho de reemplazar a la fallecida Silvia De Césaris y en cambio incorpora a su colega Mariana Robustelli, sexta en la grilla, no sólo "incumpliría la ley electoral de la provincia", sino que también "estaría distorsionando" la ley de cupo femenino, cuya finalidad "no es la de asegurar un resultado y obtener una composición de la Cámara con una proporcionalidad mínima del 30 por ciento de diputadas -como sostienen los legisladores que votarían a Robustelli-, sino permitir que las mujeres sean candidatas en las listas de los partidos con posibilidades razonable de ser elegidas". "Sería desaconsejable como precedente y susceptible de resultar cuestionado ante la Justicia si incorpora a una candidata que está en el sexto lugar de la lista" con el argumento del "cupo femenino", dijo. Porque "una vez producida la elección, no resulta admisible que puedan cambiarse las reglas de juego electorales, otorgándole una banca a quien no lo corresponde por orden de ubicación" en la lista, agregó.
El dictamen de Cullen fue solicitado por López y presentado ante la Cámara, junto a su pedido para ocupar la banca y un acta del Foro de Comunas del PJ, que apoya "el derecho adquirido" del diputado electo para reemplazar a De Césaris.
En un escrito de ocho fojas, Cullen analiza la ley 10.802 de cupo femenino, vigente en la provincia, a la luz de la doctrina, la jurisprudencia y el derecho comparado. "Es el tema de las acciones positivas", dijo. "Lo que se trata es de igualar la situación de las mujeres en las oportunidades, es decir se desiguala para igualar en el punto de partida, no en el punto de llegada".
"De esta manera, al asegurar que un 30 por ciento de las candidatas a cargos electivos sean mujeres y que su ubicación en las listas se haga de tal forma que tengan posibilidad de resultar electas, lo que se persigue es evitar aquella desigualdad cultural que en nuestro país estuvo vigente 137 años desde la conformación del Estado nacional", explicó.
"La ley electoral provincial prevé que las disposiciones del cupo femenino deben aplicarse al momento de presentarse las listas de candidatos (artículo 4 de la ley 12.367). Es decir que la aplicación del cupo femenino se circunscribe a brindar a las mujeres una real oportunidad de acceso a cargos electivos, pero no asegura ni garantiza que como consecuencia del proceso electoral en definitiva obtengan una banca", afirma Cullen.
"El artículo 14 de la ley 12.367 prevé como se suplen las vacantes en los cuerpos colegiados y expresamente dice que debe seguirse el orden de postulación en las listas que presentó el partido político o alianza electoral (\'corrimiento\')".
"Así fue aplicado en nuestra provincia cuando renunció no sólo el diputado Ricardo Luján, quien fue reemplazado por Héctor Acuña (candidato suplente Nº 2), sino también cuando renunció la diputada María Eugenia Bielsa, ocupando su lugar José María Tessa. En ambos supuestos, no asumió Mariana Robustelli, que era la mujer mejor ubicada en la lista del Frente Santa Fe para Todos".
Por lo tanto, "sin duda alguna corresponde que asuma como diputado el suplente número cuatro de la lista Santa Fe para Todos, Julio Roberto López, porque la ley de cupos asegura la incorporación de mujeres en las listas que presentan los partidos en un porcentaje razonable y con posibilidades de ser electas, pero una vez producida la elección, no resulta admisible que puedan cambiarse las reglas de juego electorales, otorgándole una banca a quien no le corresponde por orden de ubicación en la lista del partido (en el caso, alianza). Y ello es así simplemente porque se estaría distorsionando la finalidad de esta acción positiva (el cupo femenino), que no es la de asegurar un resultado y obtener una composición de la Cámara con una proporcionalidad mínima del 30 por ciento de diputadas, sino permitir que las mujeres sean candidatas en las listas de los partidos con posibilidades razonable de ser elegidas".
"Sin embargo deja de ser justificable y carece de razonabilidad que pueda interpretarse esta acción positiva (el cupo femenino) para asegurar el acceso a una banca de una mujer que ha sido candidata, pero que no fue votada por el electorado en un lugar preferente al que de otro candidato varón, que es el que tiene derecho a ocuparla", insistió Cullen. El argumento refuta la teoría de los legisladores que sostienen que la banca de De Césaris debe ser ocupada por otra mujer para reestablecer una supuesta "proporcionalidad" del 30 por ciento de diputadas, en el recinto.
"La Cámara de Diputados debería respetar la legislación vigente e incorporar como diputado en reemplazo de la diputada fallecida Silvia De Césaris a Julio Roberto López, quien fuera electo como diputado suplente en el cuarto lugar", sugirió Cullen. "Sería desaconsejable como precedente y susceptible de resultar cuestionado judicialmente que con el argumento de respetar el cupo femenino se incorpore a una candidata que está en el sexto lugar en la lista de la alianza electoral ganadora en los comicios de 2011", concluyó.
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