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viernes, 30 de noviembre de 2012

STA FE: Ordenan juicio oral a un policía por el intento de asesinar a su amante


Fue en Casilda. El acusado encargó el crimen a un preso. Ella recibió 17 puñaladas pero sobrevivió. Silvana Giménez recibió dos tranfusiones de sangre y estuvo internada 40 días tras el ataque. El caso iba a un juicio escrito pero la defensa pidió que fuera público. La Corte Suprema lo concedió.
La Capital | 
Ordenan juicio oral a un policía por el intento de asesinar a su amante
 Un policía que está procesado por contratar a un preso en libertad condicional para que asesinara a su novia, un hecho ocurrido en Casilda en 2010, será juzgado en un proceso oral y público por decisión de la Corte Suprema de Santa Fe. La disposición satisface un pedido de la defensa que aspira a que se ventile en la audiencia el modo en que se realizó la investigación que compromete a su cliente. El máximo tribunal de la provincia autorizó que las alternativas de este incidente, que tuvo gran repercusión pública, puedan ser examinadas en el marco del nuevo sistema de enjuiciamiento penal, que garantiza la mayor visibilidad y transparencia.
El caso analizado produjo una sostenida conmoción al divulgarse. Ocurrió en las primeras horas del año 2010, cuando Silvana Giménez, de 25 años, recibió 17 puñaladas con una cuchilla. Un rato antes se había subido al auto de un suboficial de policía con el que mantenía una relación hacía tres meses a quien lo acompañaba un extraño. Este hombre la bajó del vehículo, la apuñaló y la arrojó en la zanja de un camino rural. Tras ser atacada en ese paraje solitario la mujer optó por quedarse quieta, guardar silencio y simular estar muerta.
Sobrevivir y acusar. Las heridas de arma blanca le afectaron el diafragma, el abdomen y el riñón izquierdo. Necesitó dos transfusiones de sangre y asistencia respiratoria. Pasó 40 días internada en el Hospital Provincial de Rosario. Pero vivió para contarlo. Su relato fue crucial para llevar a juicio a Raúl Jesús Vitar, que hoy tiene 30 años, y al detenido Juan Carlos Valentini, de 47 años, como coautores de intento de homicidio calificado.
Esta figura delictiva, precisamente, desató un interesante debate jurídico. Ocurre que el nuevo sistema penal santafesino, que se está implementando de manera progresiva, sólo admite cinco delitos específicos a ser tratados en juicio oral de manera obligatoria, uno de los cuales es el homicidio calificado. Pero Soledad Giménez no murió. De haber pasado eso los acusados habrían sido llevados a una audiencia oral y pública.
Cuando el caso llegó al juzgado de sentencia su titular, Julio Kesuani, indicó que la causa debía seguir bajo el viejo sistema de juicio escrito hasta su resolución definitiva. Pero los abogados defensores del ex policía Vitar, José Nanni y Paul Krupnik, solicitaron que el caso fuera dilucidado en un juicio oral y público, como lo indica la nueva legislación santafesina. La Sala I de la Cámara de Apelaciones (integrada por Carina Lurati, Ernesto Pangia y Alfredo Ivaldi Artacho) convalidaron el fallo del juez Kesuani. Los abogados de Vitar no se conformaron y elevaron un pedido de inconstitucionalidad. Que es lo que ahora resolvió en su favor la Corte Suprema.
Que todo se note. ¿Qué decían los defensores? Que se debe hacer una interpretación amplia de la reforma de manera de poner fin al sistema escrito, inquisitorial e inconstitucional de juzgamiento penal de la provincia. "Queremos un juicio oral, ya que sería la única forma de poder demostrar las innumerables irregularidades con que se manejo el procedimiento policial que derivo en la detención de nuestro defendido", indicó en su momento José Nanni. "La diferencia entre ir a juicio por un sistema u otro no debería estar ligada a si la víctima perdió la vida o no en el delito que se juzga", agregó.
La Cámara Penal reconoció que la discusión era interesante, compleja y con aristas opinables. Pero rechazaba los planteos porque el otro procesado en este caso no deseaba ir al juicio oral y porque los delitos en grado de tentativa estaban fuera de los casos obligatorios de este tipo de juzgamiento.
La aceptación. Sin embargo la Corte le dio la razón a la defensa del policía. Consideró que para los delitos sobre los cuales la ley dispone que deben ser juzgados en juicio oral, público y adversarial obligatorio esta modalidad se impone sean las imputaciones por delitos consumados o por aquellos que quedaron en intento.
¿Por qué motivo? Porque para el máximo tribunal debe propiciarse una interpretación amplia de una forma de juzgamiento penal que resulta acorde con las exigencias de un juicio más democrático, alineado con lo que exigen la Constitución nacional y provincial y los tratados de Derechos Humanos consagrados por la primera. Estos sugieren el respeto de los principios de oralidad, continuidad y publicidad del juicio.
Ahora deberá fijarse fecha para ese trámite mientras se viene otra decisión: Raúl Vitar está preso hace casi tres años con prisión preventiva. Es mucho más tiempo del que legalmente puede permanecer detenida una persona sin condena. Su defensa pedirá que llegue al juicio en libertad.

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