La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso hoy
suspender la inclusión de la empresa Monsanto Argentina S.A. en el
Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres
Secas, en su carácter de firma acopiadora.
La resolución
2.300 del organismo, publicada hoy en el Boletín Oficial, funda la
medida en el artículo 40, inciso B, anexo VI B) 13 del régimen de
retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la
comercialización de granos y legumbres secas.
Según ese
artículo, la AFIP puede disponer la suspensión transitoria de los
responsables incluidos en el Registro, cuando se verifique un conjunto
de situaciones.
En el caso de Monsanto, el anexo mencionado
en la resolución 2.300 prevé la suspensión en dicho registro fiscal de
los operadores que incurran en "incorrecta conducta fiscal“.
El inciso B del anexo alude en forma concreta a los "Controles objetivos practicados en verificaciones y/o fiscalizaciones“.
El punto 13, específicamente, incluye como causal de suspensión del
Registro de Operadores los "Ajustes de fiscalización relevantes“, ya
sean "no conformados“ como "conformados no regularizados o no
ingresados“.
La norma del organismo recaudador lleva la
firma del titular interino de la Dirección de Análisis de Fiscalización
Especializada de la AFIP, Alfredo Samperi.
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