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domingo, 2 de noviembre de 2014

SANTA FE: Condenado por corromper a menores a través de Internet

Se trata de Nicolás Andrés Borra, un analista de sistemas de 33 años, que está detenido desde octubre de 2012. La Justicia constató al menos seis casos en los que contactaba a menores por chat, las fotografiaba y filmaba desnudas y luego las amenazaba.
Juliano Salierno

jsalierno@ellitoral.com

El juez de Sentencia Nº 3, Cristian Fiz, condenó a 16 años de cárcel a Nicolás Andrés Borra, un analista de sistema de 33 años, tras encontrarlo culpable de los delitos de “promoción de la corrupción de menores -de 18 y 13 años-, agravada por el engaño y el uso de amenazas, en forma reiterada” y “divulgación de imágenes de menores de 18 años de edad en actividades sexuales explícitas y exhibiendo sus genitales con fines predominantemente sexuales reiterados”.

La sentencia no se encuentra firme ya que fue apelada, tanto por el fiscal Nº 7, Jorge Andrés, quien había solicitado una pena de 22 años de prisión; y por la defensa del imputado que reclamó la absolución.

Nicolás Borra se encuentra detenido desde el 26 de octubre de 2012, en un operativo que realizaron las Tropas de Operaciones Especiales, bajo las órdenes del ex juez de Instrucción Sexta, Sergio Carraro, quien lo procesó el 23 de noviembre de ese mismo año por las conductas pedófilas que se relatan en el expediente.

Denuncia y allanamiento

La modalidad desplegada por Borra consistía en captar a chicas de entre 13 y 16 años, haciéndose pasar por un joven de su misma edad y agregándolas en sus contactos de Facebook.

Una vez ganada su confianza las inducía a que mostraran partes de sus cuerpos al desnudo, aprovechando para tomar imágenes o realizar filmaciones que luego utilizaba para extorsionarlas en caso de que no quisieran seguir su juego.

La Cámara de Apelación Penal en feria -Roberto Prieu Mántaras y Pedro Sobrero- confirmó el 29 enero de 2013 elprocesamiento y la prisión preventiva dictada por el juez Carraro y a los pocos meses la causa pasó a sentencia.

De la condena dictada el pasado 23 de octubre, se desprende que la investigación comenzó a partir de una denuncia radicada el 2 de octubre de 2011 por la madre de una de las víctimas, ante el Centro de Orientación a la Víctima de Violencia Familiar y Sexual de la URI.

Paralelamente, en septiembre de 2011, en Berazategui, provincia de Buenos Aires, el padre de una joven que entonces tenía 13 años denunció una situación similar que llevó a la Justicia a allanar una casa del barrio Guadalupe el 7 de agosto, siguiendo la pista del contacto de Internet.

Prueba suficiente

Como resultado del análisis de las computadoras secuestradas, labor que estuvo a cargo de la División Informática de la Policía de la provincia, se pudo establecer la conexión entre ambos casos, y con el correr del tiempo fueron apareciendo otros más -uno en la provincia de Córdoba- hasta alcanzar el número de seis víctimas. Los hechos atribuidos se habrían repetido a través del tiempo, entre el 15 de septiembre de 2009, al 4 de octubre de 2011, en la mayoría de los casos.

“Entiendo que existen elementos probatorios suficientes para aseverar la responsabilidad del justiciable en los hechos por lo que fue traído a juicio”, escribió el juez Fiz en los considerandos del fallo, que prevé una pena que vence el 26 de octubre de 2028.

Para dictar sentencia el magistrado tuvo en cuenta no sólo el material secuestrado -conversaciones de chat, fotos y videos-, sino los numerosos y contundentes testimonios de las víctimas y sus familiares.

“Situación traumática”

Entre tantas historias, el padre de una de las menores víctimas contó que “fue una situación muy traumática, ya que la persona que captó las imágenes de su hija se encargó de colgarla en diversos contactos de amigos de ella, que incluso la menor llegó a autolesionarse, recibiendo por tal motivo asistencia psicológica, y que también fue amenazada por la misma persona vía mensajes de texto a su teléfono celular, cambiando el número del mismo por tal motivo”.

En cuanto al monto de la pena, si bien el imputado no contaba con antecedentes penales, el juez tuvo en cuenta “los padecimientos psicológicos que las acciones desplegadas ocasionaron a las víctimas y a sus familiares ante la situación vivida”.

Por último, el juez Cristian Fiz no hizo lugar a la impugnación de la pericia oficial de los equipos informáticos planteada por el abogado Sebastián Gervasoni en defensa de Borra; y rechazó el planteo de nulidad del mismo contra el allanamiento en el que se secuestraron los equipos de computación, los cuales deberán ser oportunamente decomisados cuando la sentencia cobre firmeza.


La figura de “grooming”

En cuanto a los planteos de la defensa de Nicolás Borra, uno de ellos fue que se lo juzgue por el delito de “grooming”, entendido como “el acercamiento perpetrado por adultos que buscan establecer relaciones con menores de edad con fines sexuales.

En ese sentido, el juez Cristian Fiz sostuvo que “no encuentro apropiada la aplicación de la figura de grooming prevista en el art. 131 del CPA a los hechos aquí juzgados, conforme fuera postulado defensivamente”.

“En ningún momento se advierte que el mencionado realice actividades con la finalidad típica prevista en la figura de grooming, como es la de acceder sexualmente a las menores o tener contacto personal con ellas con fines sexuales, dado que su finalidad se agotaba allí, tal cual surge de las constancias de autos, donde las mismas negaron haber tomado contacto personal con el acusado o haber recibido alguna propuesta de mantener un encuentro sexual”, fundamentó el magistrado.


El dato

Amenazadas.

El juez de sentencia concluyó que el acusado “entabló contacto vía Internet, ya sea vía Facebook o correo electrónico, con las víctimas, según se ha logrado establecer exhibiéndoles previamente a las mismas escenas de masturbación masculina, logrando establecer diálogo con ellas, solicitándoles que exhiban sus partes íntimas por cámara web, para posteriormente, y ante la resistencia de las mismas, amenazarlas con difundir esas imágenes entre sus contactos si no seguían las mismas conductas y no accedían a sus exigencias, cosa que realizó en alguno de los casos”.

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