El martes fue detenido en el Barrio Barranquitas por tener dos armas de fuego. Ayer, a través de un juicio abreviado, el fiscal y el abogado defensor acordaron una pena de cumplimiento condicional. En una audiencia resolvieron un caso que antes era archivado.
Diario UNO |
Se desarrolló ayer en la ciudad de Santa Fe la primera audiencia oral y pública del nuevo sistema procesal penal. Al respecto, el fiscal tenía las pruebas y elementos suficientes para imputar a un joven que fue detenido hace 48 horas por tenencia de armas de fuego, el abogado defensor reconoció la culpabilidad de su cliente y entonces acordaron una pena a través de un juicio abreviado. Con el viejo modelo escrito e inquisitivo, en un caso similar, la sentencia hubiera demorado alrededor de un año y medio; cuando no la prescripción.
El martes por la noche se produjo un violento tiroteo entre bandas antagónicas en la esquina que forman las calles Pedro Centeno y Gaboto, en Barranquitas, y producto de esa balacera cruzada dos personas fueron heridas: uno de gravedad. En el marco de dicha investigación, mientras la Policía patrullaba la zona, una persona que divisó la presencia de los efectivos salió corriendo e ingresó en un domicilio particular. Los agentes entraron a la vivienda para detener al joven de 21 años que trató de esconderse, y luego de requisar la morada, a la vista de testigos que fueron convocados, se incautó un revólver calibre 38 y una pistola calibre 22. De la investigación realizada por el Ministerio Público de la Acusación no surgió que este hombre haya participado del enfrentamiento ni que se hayan utilizado esas armas.
No obstante, el fiscal en turno Omar de Pedro consiguió pruebas suficientes como para imputar a J. E. M. de 21 años –que estuvo detenido hasta ayer en la comisaría 28ª– por portación o tenencia de armas de fuego. Frente a esa situación concreta la fiscalía contactó al abogado defensor del detenido, el doctor Néstor Pereyra, para ofrecer una salida alternativa. En este caso, se ofreció realizar un juicio abreviado donde J. E. M. reconoció el delito, acordaron una pena y quedó liberado de la prisión preventiva.
En función a lo conocido durante la audiencia imputativa, oral y pública, el joven recibió una condena de dos años y dos meses de prisión en suspenso, y cada 30 días tendrá que presentarse en la sede regional del Ministerio Público de la Acusación como garantía de que no se fugó ni se ausentó de la ciudad. En caso de incumplimiento se hará efectiva la cárcel, al igual que si comete otro delito.
El fiscal regional de Santa Fe, Ricardo Fessia, se mostró muy conforme con la actuado y recordó que en el anterior sistema causas similares “prácticamente eran archivadas” para después prescribir. “O sea, una vez recuperada la libertad –porque ya estaba procesado, no había peligro de fuga ni de entorpecimiento de la investigación– esa persona muy rara vez tenía condena y así se alimentó esta idea de la puerta giratoria en la Justicia”, indicó.
El fiscal regional de Santa Fe, Ricardo Fessia, se mostró muy conforme con la actuado y recordó que en el anterior sistema causas similares “prácticamente eran archivadas” para después prescribir. “O sea, una vez recuperada la libertad –porque ya estaba procesado, no había peligro de fuga ni de entorpecimiento de la investigación– esa persona muy rara vez tenía condena y así se alimentó esta idea de la puerta giratoria en la Justicia”, indicó.
“De hecho, muchas veces ni siquiera se podía acreditar peligro de fuga en otros ilícitos posteriores para dejarlos detenidos porque nunca se iban del barrio, siempre se los encuentra, por lo que se profundizó la desconfianza de la ciudadanía en el Poder Judicial. Ahora, estas causas que no llegaban a sentencia sí la tienen y por eso quienes vuelvan a cometer un delito ya saben que el camino que les queda es el cumplimiento efectivo de la pena, no la libertad”, remarcó Fessia en diálogo con Diario UNO.
Por su parte, el abogado Néstor Pereyra, dijo que el camino que encontró para su defendido fue el más apropiado porque en razón de horas se resolvió su situación. “Antes, una condena de esta naturaleza hubiera demandado más de un año y medio; mientras que para un procesamiento había que aguardar entre una semana y diez días. Hay justicia cuando también hay un tratamiento rápido de los casos”, concluyó.
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