El juzgamiento de un intento de homicidio deparó un debate en torno a lo escrito y lo oral. La defensa de un acusado demanda audiencias públicas, los jueces defienden la vieja metodología.
Durante los primeros minutos del año 2010 la vida de Silvana Giménez se modificó para siempre. En un camino rural que une la ruta 33 con la localidad de Fuentes, en el departamento San Lorenzo, a la joven de 24 años le asestaron 17 puñaladas mientras estaba con su pareja, un policía de 29 años, en el interior de un BMW del hombre. Tras ello su atacante y su pareja la dieron por muerta y la dejaron abandonada en la banquina. En principio el hecho fue presentado como el epílogo de un robo calificado, pero posteriormente la pesquisa decantó hacia una tentativa de homicidio calificado con promesa remuneratoria en la que se vio involucrado un preso con salidas transitorias. "Me dieron por muerta en una zanja y yo sólo rogaba poder salir de ahí", explicó Silvana a La Capital en marzo pasado.
Sólo el azar hizo que Giménez no muriera y por eso el caso fue caratulado como tentativa de homicidio calificado. Si la víctima hubiera fallecido por las graves heridas recibidas, el encuadre jurídico habría sido el de homicidio calificado, un delito que de acuerdo a los lineamientos de la ley 12.912 —que regula la implementación progresiva del nuevo Sistema de Justicia Penal de la provincia— es de juzgamiento obligatorio en audiencias orales y públicas.
La historia del caso Giménez continuó con la detención del policía Raúl Jesús Vitar, con quien la mujer mantenía una relación sentimental que estaba en crisis y con quien ella estaba en el auto al momento del ataque, y la del convicto Juan Carlos Valentini, de 47 años, a quien el primero había contratado para ejecutar a la joven. Los dos hombres fueron procesados por la jueza de Instrucción de Casilda, Silvia Nogueras, como coautores de tentativa de homicidio.
Hace un año el expediente llegó al juzgado de Sentencia a cargo de Julio Kesuani, quien indicó que la causa debía seguir bajo el viejo sistema de juicio escrito hasta su resolución definitiva.
Apelación. Pero los abogados defensores del ex policía Vitar, José Nanni y Paul Krupnik, apelaron la medida y solicitaron que el caso fuera dilucidado en un juicio oral y público como lo indica la nueva legislación santafesina.
Entonces, la Sala I de la Cámara de Apelaciones (integrada por Carina Lurati, Ernesto Pangia y Alfredo Ivaldi Artacho), convalidó el fallo del juez Kesuani. Sin embargo, los abogados de Vitar no se conformaron y elevaron ante la misma Sala de la Cámara un recurso de inconstitucionalidad y el último lunes 31 de octubre, los camaristas pusieron el reclamo a consideración de la Corte Suprema provincial.
La Cámara reconoció que la cuestión presenta discrepancias y aristas opinables. Y por su complejidad recomendó un debate más amplio, "con posibilidad de enriquecimiento científico a través de futuras reflexiones". Señaló que el tema tiene un interés institucional que trasciende el caso puntual y vuelve aconsejable que la Corte Suprema provincial se expida.
A favor y en contra. Desde el momento en que se anunció el cambio del sistema de enjuiciamiento penal en la provincia, los pasillos de los Tribunales santafesinos ardieron entre aquellos que adhieren a los vientos de cambio y los defensores de la vieja usanza. En este sentido, el caso Giménez con sus planteos y apelaciones disparó un interesante debate respecto a si corresponde que un procesado por tentativa de homicidio calificado sea sometido a juicio oral y público en tiempos de transición o su caso se dirima en los inacabables expedientes escritos.
El planteo de la defensa de Vitar colocó en un segundo plano la culpabilidad de los procesados, el fondo del caso, anteponiendo una interpretación particular para ir a la forma y llevar el caso a juicio oral o público. "Creemos que la ley 12.912 intenta poner fin al sistema escrito, inquisitorial e inconstitucional de juzgamiento penal de la provincia. La Sala I, en su fallo, dice que hay que hacer una interpretación restrictiva de la reforma cuando es todo lo contrario. Haciendo una interpretación restrictiva se continua avalando el sistema declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Caso Dieser-Fraticelli). Lo que nosotros sostenemos en el recurso es precisamente lo contrario, y es que se debe hacer una interpretación amplia de la reforma, una interpretación constitucional de la reforma", indicó el abogado José Nanni, uno de los defensores de Vitar.
"Hoy no se sostiene otra forma de juzgar penalmente a un ciudadano que no sea la vía oral. No pedimos otra cosa más que ser juzgados conforme lo establece la Constitución Nacional, los tratados internacionales, los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las recientes normas de la provincia", explicó Nanni. "Queremos un juicio oral, ya que sería la única forma de poder demostrar las innumerables irregularidades con que se manejo el procedimiento policial que derivo en la detención de nuestro defendido", indicó. Y manifestó el abogado que "la diferencia entre ir a juicio por un sistema u otro no debería estar ligada a si la víctima perdió la vida o no en el delito que se juzga".
Interpretaciones. Basándose en conceptos del juez de la Corte Suprema de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, Nanni sostiene que "la tentativa de un delito es una extensión del mismo, y no un delito autónomo o independiente. Considerar como autónoma la tentativa de cualquier delito sería un absurdo", explicó.
"La ley no distingue entre delitos consumados y delitos tentados. No distingue entre delitos cometidos por partícipes secundarios y partícipes primarios. Todo eso es materia de debate oral. Un principio del derecho dice «donde la ley no distingue no se debe distinguir»", recordó el defensor de Vitar para sostener su pedido. También resaltó que su defendido, amparándose en el artículo 4 de la ley 12.912, expresó su consentimineto para ser juzgado de forma oral. Pero la ley es clara y en caso de que haya más de un imputado debe haber coincidencia entre ellos. Y Valentini, el otro imputado, se negó a ir al oral por recomendación de su defensor oficial haciendo caer de esa manera el pedido de Vitar.
"Es hora de que todos los operadores del sistema judicial penal de la provincia tiremos hacia el mismo lado y pongamos fin a esta forma de juzgar inconstitucional e inquisitorial (por el sistema escrito). El Ministerio de Justicia hace denodados esfuerzos para que así sea, pero se evidencia con este fallo (por el de Kesuani ratificado por la Sala I) que hay resistencia a la aplicación de la reforma por parte del Poder Judicial. Esta en manos de la Corte Suprema de la provincia la decisión de este caso y creemos que con buen criterio resolverá conforme los principios constitucionales", explicó finalmente el defensor del procesado Vitar.
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