martes, 24 de abril de 2012

Santa Fe adhirió al protocolo nacional sobre abortos no punibles

El gobierno santafesino adhirió hoy al protocolo de acción para atender en centros de salud públicos los casos de abortos no punibles, de acuerdo al fallo de marzo de la Corte Suprema nacional que ratificó que el Código Penal admite la interrupción de embarazos a víctimas de violación.

 

El gobierno santafesino adhirió hoy al protocolo de acción para atender en centros de salud públicos los casos de abortos no punibles, de acuerdo al fallo de marzo de la Corte Suprema nacional que ratificó que el Código Penal admite la interrupción de embarazos a víctimas de violación.

Para ello, la cartera de Salud dispuso, a través de la resolución 612 que firmó hoy el ministro Miguel Angel Capiello, adoptar la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

El director de Políticas de Género e Interculturalidad en Salud, Daniel Teppaz, explicó que “la guía nacional aprobada por la provincia no requiere de denuncia ante caso de violación”.

“La nueva normativa dispuesta por el ministro Cappiello conforma una herramienta más que profundiza las garantías al derecho a la salud de las mujeres, en consonancia con el fallo de la Corte Suprema de la Nación” del 13 de marzo, acotó.

El ministerio de Salud santafesino recordó que hasta ahora actuaba de acuerdo “a lo enunciado en el fallo de la Corte Suprema” nacional que rechaza la penalización de abortos en casos de violación.

Además, señaló que en forma paralela mantenía “en proceso de elaboración una guía provincial” basada en la normativa nacional sobre los procesos desarrollados en el sistema de salud provincial.


La resolución del gobierno santafesino fue saludada por organizaciones defensoras de los derechos de la mujer y por legisladores de la oposición, como los concejales del bloque del Frente para la Victoria-PJ de Rosario. Los ediles kirchneristas Roberto Sukerman y Norma López remarcaron que “el derecho de las mujeres de acceder a los abortos previstos por el Código Penal constituye propiamente un derecho humano de orden constitucional”.

Así, señalaron, “se evitarán objeciones institucionales y se garantizará que todos los centros de atención sanitaria de la provincia la apliquen”.

Santa Fe se sumó así a las catorce provincias que adhirieron en el último mes a la puesta en práctica de la guía para el tratamiento en hospitales de los abortos no punibles, tal como lo requirió la Corte en su fallo.

La sentencia de la Corte Suprema, que atendió un caso de una adolescente de Chubut que tras sufrir una violación pidió que se le practique un aborto sin consecuencias legales, puso fin a la discusión sobre la interpretación del artículo 86 del Código Penal.

El criterio utilizado por algunos jueces sobre ese punto mantenía diferencias en las imputaciones de médicos y pacientes, dado que algunos interpretaban que el aborto no punible comprendía sólo los casos de mujeres dementes o idiotas.

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